Viendo el partido de la selección española de balonmano femenino, en el que jugaba contra Brasil, me asaltó una duda en el último minuto que deje pasar. Posteriormente, y mediante las redes sociales, volvió a salir el tema.
Presten atención a las acciones que se desarrollan durante el último minuto, en especial el último medio minuto:
Pinchar aquí
Mi preguntas son:
1.- ¿La defensa del contraataque merece sanción de dos minutos, o algo más?
2.- Lo que dice Eli Pinedo (sólo ella y la jugadora brasileña lo sabe, aunque se puede leer los labios) y su actitud, ¿merecen sanción?
Personalmente, y tras leer opiniones de otros compañeros, creo que:
1.- La acción de contraataque es merecedora de una descalificación con informe, ya que yo la entiendo como una acción "extremadamente grave" que ocurre durante el último minuto. Reglas 8:10 d, 8:5 y 8:6
2.- Tras debatirlo, la acción de gritar (no voy a poner que insulta, aunque en mi opinión está más que claro) debe ser sancionada, como mínimo, con dos minutos o descalificación. Al entender que se trata de una acción de "revancha", esto no puede ser sanciona con informe escrito.
No hay comentarios:
Publicar un comentario